Siete actividades de explotación primaria quedan exoneradas del ISLR
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El Ejecutivo Nacional otorga el beneficio de exoneración con el objetivo de proteger al productor y a los productos nacionales
La Gaceta Oficial 40.873 establece en su decreto 2.287, artículo 1° que se exonera del pago de impuesto sobre la renta, los enriquecimientos netos de fuentes venezolanas provenientes de la explotación primaria de las actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas, de aquellas personas que se registren como beneficiarios, conforme a lo establecido en el presente Decreto.
Desplegados en diez artículos se encuentra algunas consideraciones: quiénes están exonerados y que deben cumplir para dicho beneficio. Para comprender mejor este Decreto Presidencial puede descargar la Gaceta Oficial número 40.873 en la página del Ministerio Público.
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