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Lo que debes saber sobre el nuevo "Impuesto a Grandes Patrimonios"

La polémica ley de Impuesto a Grandes Patrimonios fue aprobada por la ANC La polémica ley de Impuesto a Grandes Patrimonios fue aprobada por la ANC

La ley, aprobada a inicios de julio, no solo ha generado disconformidad en parte de la población, sino también preocupación en el empresariado


 

Este 3 de julio se publicó, en la Gaceta Oficial N° 41.667, la Ley Constitucional de Impuesto a los Grandes Patrimonios, un cuerpo jurídico que busca incrementar de forma significativa la recaudación de impuestos por parte de personas y empresas que generen una determinada cantidad de dinero cada año calendario.

Dado a que se trata de una ley aprobada por la polémica Asamblea Nacional Constituyente, la misma ha generado revuelo en buena parte de la población, ya que muchos no solo aseguran que la misma carece de bases legales, sino que puede tener un efecto especialmente dañino en el desarrollo empresarial. Aquí recopilamos lo más importante:

¿Qué dice la ley?

Si bien es una ley compleja, el principio básico es que se gravará el patrimonio neto de sujetos pasivos especiales o contribuyentes especiales (de acuerdo a la calificación del Seniat), que sea igual o superior a 36 millones de Unidades Tributarias (UT) para personas naturales, y 100 millones de UT para empresas.

Esto equivale a 1.800 millones de bolívares para personas naturales y 5.000 millones para las personas jurídicas.

El artículo 23 explica que “la alícuota impositiva aplicable al valor del patrimonio neto determinado conforme a lo previsto en esta Ley Constitucional podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo de cero coma veinticinco por ciento (0,25%) y un máximo de uno coma cincuenta por ciento (1,50%). El Ejecutivo Nacional podrá establecer tarifas progresivas conforme al valor patrimonial”.

Las claves de la ley

Son contribuyentes "las personas naturales y jurídicas calificadas como sujetos pasivos especiales, así como las entidades sin personalidad jurídica, residentes en el país, por la totalidad del patrimonio, cualquiera sea el lugar donde se encuentren ubicados los bienes o se puedan ejercer los derechos que lo conforman".

Se trata de una ley que busca incrementar la generación de dinero para el estado, por lo que, aunque la imposición del mínimo de 100 millones de UT suene alta para muchos, la realidad es que en la crisis actual equivale a cerca de $730.000, una cifra que buena parte de las medianas y grandes empresas tienen el potencial de generar, sin embargo, no de exceder en demasía.

Ley polémica y "peligrosa"

Entidades especializadas han rechazado la medida porque vulnera los derechos constitucionales debido a que le dan la potestad a individuos dentro del ente regulados (y no a parámetros preestablecidos) de determinar quienes son contribuyentes especiales. Esto da posibilidad para arbitrariedades.

Por su parte, expertos afirman que la productividad no alcanza niveles óptimos para que se realice el pago de un impuesto de esta magnitud, aun cuando la empresa genere los montos determinados. Esto significa que se verán obligadas a cargar estas cifras al precio del producto final, disminuyendo significativamente la demanda de productos y poniendo en peligro su estabilidad.

Estos dos aspectos no solo significan un golpe al empresariado a nivel tributario, sino que disminuyen aún más la confianza de inversionistas.

La ley polémica, por el corte político de las declaraciones de quienes la crearon y aprobaron, apenas está dando sus primeros pasos, por lo que es imposible determinar de forma certera los efectos reales que esta pueda tener en la economía. Por el momento, solo se puede esperar hasta que se desenvuelvan los hechos.

Modificado por última vez enViernes, 12 Julio 2019 11:43

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